Primero usted deberá escoger qué tipo de empresa inscribirá, de acuerdo con la opción que más se ajuste a su iniciativa empresarial.
Una vez haya identificado su actividad económica, deberá definir el número de personas involucradas, con las siguientes opciones:
Persona natural
Persona jurídica
Establecimiento de Comercio
Persona natural –comerciante-. (disponible por VUE). Es aquella que ejerce esta actividad de manera habitual y profesional a título personal. Responderá con todo su patrimonio por las obligaciones que adquiera en desarrollo de su actividad económica.
Persona jurídica. Es una organización o grupo de personas naturales a la que la ley reconoce personalidad independiente y diferenciada de la de cada uno de sus miembros o componentes, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, y de ser representada judicial y extrajudicialmente.
Una persona jurídica se crea cuando en un contrato de sociedad una, dos o más personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social.
La sociedad, una vez constituida legalmente, forma una persona jurídica, distinta de los socios individualmente considerados. Existen varios tipos de sociedades de acuerdo con la Ley.
El tipo de sociedad a través del cual se puede crear una persona jurídica en la VUE es:
Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S)
La Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) es un tipo societario creado por la Ley 1258 de 2008, caracterizado por ser:
Se constituye mediante:
La estructura orgánica de la sociedad, su administración y el funcionamiento de sus órganos, pueden ser determinados libremente por los accionistas, quienes solamente se encuentran obligados a designar un representante legal de la compañía.
Su razón social será la denominación que definan sus accionistas, seguida de las siglas "Sociedad por Acciones Simplificada"; o de las letras S.A.S.
Para mayor información sobre S.A.S, diríjase a la sección de “Preguntas frecuentes”.
Otros tipos societarios.
Otros tipos societarios, que no están disponibles aún por VUE son:
Tenga en cuenta que, en esta primera etapa, podrán constituirse en la VUE únicamente los tipos de empresa correspondientes a:
Estas empresas deberán:
Importante: el documento privado para S.A.S. usado en la creación es una plantilla estandarizada.
Para los demás tipos societarios y otras ciudades distintas a Bogotá, diríjase a la página web de la cámara de comercio que corresponda para conocer sobre el proceso.
Si usted está interesado en crear empresa en una ciudad diferente a Bogotá, a través del siguiente directorio podrá conocer la información de contacto de los servicios registrales, sedes y horarios de atención.
Recuerde que mediante los servicios del Registro Único Empresarial y Social (RUES), usted podrá crear empresa desde y hacia cualquier cámara de comercio del país, pregunte por esta opción.
Para más información sobre tipos societarios, diríjase a la página de la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB).